Este caso comienza en fecha 13 de marzo del 2023, con la detención de JOSE “N” al estar cometiendo el delito de robo a Home Depot, de nueve plantas que se encontraban en el área de plantas ubicadas por fuera de dicha tienda.
Sin embargo, al momento de su detención, este alegaba ante la policía municipal y empleados de dicha tienda, que ya las había pagado, hace dos días. Ya que había acudido a dicha tienda a comprar material de construcción y que, en ese momento, él había ya pagado dichas plantas, siendo en total 9 plantas. Pero al momento de su detención, no contaba con el ticket de compra. Y que las plantas, las había dejado en la tienda encargadas a un empleado. Diciéndole el empleado de Home Depot que no había problema, que las podía dejar allí y regresar por ellas más tarde.
Siendo, así las cosas, al Sr. JOSE “N” lo llevaron detenido por el supuesto robo de dichas plantas. A quien presentaron al Ministerio Publico y se le acuso del delito de ROBO CALIFICADO A COMERCIO ABIERTO AL PUBLICO.
Una vez que se llevo a cabo la audiencia inicial, se le puso en libertad, donde iba a llevar su proceso en libertad, en lo que se fijaba fecha para la próxima audiencia de formulación de imputación.
Por lo que una vez llegada la fecha de la audiencia de imputación, el Ministerio Publico, le ofreció al acusado SR. JOSE “N” un Procedimiento Abreviado: El cual lo estipula el articulo 201 Y 202 DE CNPP dice: Que cuando la pena no exceda de 5 años de prisión y que el acusado acepte su responsabilidad por el delito que se le imputada, el Ministerio Publico en este caso, NO solicitara la prisión.
NO estando conforme por ofrecimiento del Ministerio Publico; se diferio la audiencia. Debido a que el Sr. JOSE “N” era una persona inocente ya que este SI había comprado dichas plantas en días anteriores a su detención, solo que no tenía el ticket de como comprobar esa compra. Como su abogado defensor solicite en múltiples ocasiones la reimpresión del ticket a la tienda Home Depot, a lo cual personal de esta tienda, nos lo negaron en varias ocasiones.
Así mismo estuvimos hablando con los Representantes Legales de Home Depot para tratar de llegar a un acuerdo reparatorio, a lo que nos contestaban que NO era posible.
Siendo así las cosas, escribí varios correos al corporativo de Home Depot con sede en la ciudad de Monterrey, Nuevo León y al Corporativo con sede en EUA, a efecto de que nos hicieran caso y poder llevar el acuerdo reparatorio, el tomar el ofrecimiento por parte del Ministerio Publico de un Procedimiento Abreviado, era injusta, debido a que el SR. JOSE “N” se tendría declarar culpable, le quedaría un antecedente penal por el delito de Robo y se le iba a imponer algún otra medida como estar mensualmente llendo a firmar al juzgado. Lo cual era INJUSTO ya que Home Depot, siempre se negó a reimprimir el ticket y facilitárnoslo para comprobar la inocencia del SR. JOSE “N”.
Realice múltiples intentos para que se pudiera llegar al acuerdo reparatorio con Home Depot, hasta que después de meses de estar intentando continuamente, nos contestaron vía correo electrónico; que estaban de acuerdo en llegar a un acuerdo reparatorio y que el Ministerio Publico NO EJERCIERA ACCION PENAL EN CONTRA DE JOSE “N”.
Quiero hacer mención; que siempre creímos en la inocencia del SR. JOSE “N”, y nuestra laboral como abogados penalistas era comprobar su INOCENCIA y la mejor vía y solución en este caso, era llegar a un acuerdo reparatorio, donde una vez llevado a cabo, el SR. JOSE “N” salió con pena absolutoria.
No omito manifestar: Que ahora el SR. JOSE “N” goza plenamente de su libertad y sin ningún antecedente penal.
Mi labor como su Abogado Defensor Particular siempre fue buscar la mejor solución para ayudarlo a buscar su plena libertad y con gran trabajo y dedicación se logró.