Vender la casa estando con prisión domiciliaria puede afectar la medida y, si no lo informas y autorizas, podrías perderla y volver a la prisión preventiva.
Por qué?
•La prisión domiciliaria (resguardo domiciliario) implica que el imputado debe permanecer en el domicilio o lugar autorizado por la autoridad; esa dirección es parte de la condición de la medida. 
•Las medidas cautelares distintas a la prisión (como el resguardo domiciliario) se supervisan y si la autoridad advierte riesgo objetivo de incumplimiento (p. ej. que ya no exista el domicilio autorizado), debe informar a las partes para que el juez revise la medida. Si hay riesgo fundado de fuga o incumplimiento, el juez puede modificar o revocar la medida.
Qué puede pasar si vendes la casa sin avisar
1.La autoridad de supervisión podría considerar que incumpliste la medida. 
2.El juez podría revocar la prisión domiciliaria y ordenar prisión preventiva nuevamente (si existen motivos para considerarte en riesgo de fuga o incumplimiento). 
Qué conviene hacer?
1.No vender hasta resolver esto con el juez/autoridad.
2.Pedir autorización o informar por escrito al Juez de Control / autoridad que supervisa las medidas cautelares, explicando la venta y proponiendo una alternativa (nuevo domicilio donde cumplir la medida, supervisión electrónica, presentación periódica, garantía patrimonial, etc.). 
3.Adjuntar pruebas del nuevo domicilio (contrato de arrendamiento, título de propiedad, identificación, recibos de domicilio) y proponer medidas que disipen el riesgo de fuga (brazalete, firma periódica). 
4.Si eres su defensor (o tú mismo), presentar un escrito breve solicitando la modificación de la medida y pedir una audiencia si fuere necesario