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1. Posesión de drogas
La posesión de drogas se refiere al hecho de tener en tu poder una sustancia controlada o ilegal, como la cocaína, marihuana, heroína, etc. La posesión puede ser de dos tipos:
- Posesión simple: Esto ocurre cuando tienes una cantidad pequeña de droga que suele estar destinada al uso personal. Las leyes que regulan la cantidad permitida para que se considere uso personal varían según el país, pero normalmente, se habla de pequeñas cantidades. Las consecuencias legales pueden incluir multas, tratamientos de rehabilitación o penas de cárcel más cortas, dependiendo de la jurisdicción y el tipo de droga.
- Posesión con intención de tráfico: En este caso, aunque solo se te encuentre con drogas, la cantidad o las circunstancias pueden llevar a las autoridades a inferir que la intención no es el consumo personal, sino la distribución o venta. Algunos indicios que pueden influir son:
- Cantidades grandes de droga.
- Encontrar balanzas, bolsas, dinero en efectivo, o materiales de empaque.
- Mensajes o comunicaciones que impliquen transacciones de drogas.
2. Tráfico de drogas
El tráfico de drogas implica una actividad más grave porque se refiere al acto de fabricar, distribuir, vender o transportar drogas ilegales. Este delito se castiga con mayor severidad que la simple posesión, ya que implica que la persona está facilitando o participando en una red de distribución de sustancias ilícitas.
Los actos que pueden considerarse tráfico incluyen:
- Venta o distribución de drogas, ya sea a pequeña o gran escala.
- Transportar o mover drogas de un lugar a otro, incluso si no eres el propietario.
- Fabricación de drogas, lo que incluye la producción o procesamiento de sustancias ilegales.
- Importación o exportación de drogas.
El tráfico es castigado con penas más severas que la posesión, y estas penas pueden aumentar en función de la cantidad de droga involucrada, la naturaleza de la sustancia, y si la persona está relacionada con una organización criminal.
Diferencias clave:
- Cantidad: La posesión simple generalmente implica pequeñas cantidades para uso personal, mientras que el tráfico involucra cantidades más grandes, o incluso pequeñas si hay pruebas de que están destinadas a la venta.
- Intención: En la posesión simple, la droga está destinada al consumo personal. En el tráfico, la intención es vender, distribuir o mover las drogas.
- Consecuencias legales: La posesión simple puede tener castigos más leves (multas, tratamientos), mientras que el tráfico puede conllevar largas condenas de prisión y multas más severas.
En resumen, la posesión de drogas se refiere a tener drogas en tu poder, mientras que el tráfico implica vender, distribuir o transportar drogas, y es mucho más grave desde el punto de vista legal.
Si tienes alguna duda o estas dentro de algún supuesto, no dudes en comunicarte con tu servidor el Lic. Jorge Fernández para brindarte una asesoría jurídica en materia penal.
En México, las penas por posesión simple de drogas están reguladas en el Código Penal Federal, pero es importante tener en cuenta que también existen otras leyes relevantes, como la Ley General de Salud. Las sanciones dependen del tipo de droga, la cantidad encontrada y las circunstancias en las que fue descubierta.
1. Posesión para uso personal (Dosis mínima tolerada)
Según la Ley General de Salud, hay una tabla que establece las cantidades máximas permitidas de diversas drogas para que se considere posesión para uso personal. Si las cantidades no exceden estos límites, no se considera delito, sino una infracción administrativa.
- Marihuana:
Hasta 5 gramos.
- Cocaína: Hasta 500
miligramos (0.5 gramos).
- Heroína: Hasta 50
miligramos.
- LSD: Hasta 0.015 miligramos.
- Metanfetaminas:
Hasta 40 miligramos.
- MDMA (éxtasis):
Hasta 40 miligramos.
Si te encuentras en posesión de una cantidad igual o inferior a estas cantidades, no se te puede acusar penalmente. Sin embargo, la policía podría remitirte a un programa de tratamiento si te consideran dependiente de la droga, pero no hay sanciones penales.
2. Posesión simple por encima de la dosis mínima tolerada
Si tienes una cantidad superior a la permitida para uso personal, pero no suficiente para considerarse tráfico o distribución, se considera posesión simple. Las penas están reguladas por el Artículo 477 de la Ley General de Salud y se relacionan con el Código Penal Federal.
- Pena por
posesión simple: De 10 meses a 3 años de prisión y una multa que puede ir
de 80 a 300 días de salario mínimo.
En muchos casos, si se trata de la primera infracción o la cantidad no es excesiva, las penas de prisión pueden ser conmutadas por trabajo comunitario o tratamiento de rehabilitación.
3. Posesión con fines de comercio o suministro
Si las autoridades determinan que la posesión de droga está relacionada con la venta, distribución o suministro a terceros (tráfico), las penas son más severas. En este caso, el delito se clasifica como tráfico de drogas, y las penas pueden aumentar significativamente:
- Pena por
tráfico de drogas: De 4 a 15 años de prisión y multas más elevadas.
Factores que agravan la pena:
- Si la
posesión o el tráfico ocurre cerca de escuelas, centros educativos o
lugares frecuentados por menores, las penas se incrementan.
- La cantidad
de droga también influye en la severidad del castigo. Si se supera un
umbral determinado, se puede presumir que la posesión es con fines de
tráfico, incluso si la persona no estaba involucrada directamente en la
venta.
Alternativas para evitar la cárcel:
En algunos casos, las personas acusadas de posesión simple, especialmente si no tienen antecedentes penales, pueden ser elegibles para medidas alternativas como:
- Tratamientos de rehabilitación.
- Multas.
- Trabajo
comunitario en lugar de una condena de prisión.
En resumen:
- Si posees una
cantidad menor a la dosis mínima, no se considera un delito, sino una
infracción administrativa.
- Si tienes una
cantidad mayor, pero no con fines de tráfico, la pena puede ser de 10
meses a 3 años de prisión.
- Si la posesión está relacionada con fines de venta o distribución, las penas se agravan considerablemente.
Siempre es recomendable buscar asesoría legal, ya que las circunstancias individuales pueden influir en el resultado del caso. Si tienes alguna duda o estas dentro de algún supuesto, no dudes en comunicarte con tu servidor el Lic. Jorge Fernández para brindarte una asesoría jurídica en materia penal.