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Que tipo de delito se configura, si mi hijo/hija me golpea y amenaza?

Violencia familiar (Artículo 242 bis del Código Penal de Baja California): Se configura cuando un integrante de la familia ejerce cualquier tipo de violencia física, psicológica o patrimonial contra otro integrante de la misma familia. Con una penalidad de 6 meses a 4 años de prisión.

Se entiende por violencia física.- todo acto intencional en el que se utilize alguna parte del cuerpo, algún algún objeto, arma o sustancia para sujetar, inmovilizar o causar daño a la integridad física del otro.

Violencia psicológica.- Degradar o controlar la conducta de una persona le afecte psíquica o emocionalmente.

Está dos antes mencionadas son los más importantes, porque son las que regularmente se llevan a cabo en este tipo de delito.

Además este tipo de delito se persigue de oficio. Y cuando se lleve a cabo en contra de personas con discapacidad, embarazadas o ADULTOS MAYORES, la pena mínima y máxima se AUMENTARÁ hasta una mitad.

Si deseas presentar una denuncia, puedes acudir al Ministerio Público o a la Fiscalía General del Estado de Baja California. También puedes solicitar medidas de protección si sientes que tu seguridad está en riesgo.

 

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